Flexibiliza Colombia procedimientos aduaneros para ingreso de mercancías en zonas francas

El 13 de julio de 2015, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN) publicó, en el Diario Oficial, una modificación en el arribo de la carga en varios medios de transportes aplicable a la Ley de Aduanas contenida en el Decreto 4240 de 2000.

  • Zonas Primarias de ingreso y salida de mercancía, depósitos habilitados.
  • Inscripción, autorización o habilitación de auxiliares de la función aduanera, usuarios aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores.
  • Régimen y procesos de importación.
  • Valoración aduanera.
  • Régimen de exportación.
  • Régimen de transito aduanero, transporte multimodal, cabotaje y transbordo.
  • Zonas francas industriales de bienes y de servicios.
  • Tráfico postal y envíos urgentes.
  • Zonas de régimen aduanero especial.

El Decreto 4240 del 2 de junio de 2000, precisa diversos procedimientos, trámites, requisitos y términos aduaneros para la aplicación de la Ley de Aduanas contenida en el Decreto 2685 antes mencionado.
Implicaciones

A partir de la resolución del día de hoy, los importadores colombianos podrán ingresar las mercancías en varios medios de carga. Las modificaciones a la legislación aduanera colombiana tienen por objeto facilitar y simplificar el comercio internacional de la nación andina.

 Fuente: IQOM